Llenos los requisitos exigidos, considerando este Juzgado de conformidad con la norma del artículo 267 del Código Civil, que le corresponden en su condición de beneficiarios a sus hijos Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente), ante: el INSTITUTO DE LOS SEGUROS SOCIALES HOSPITAL "Dr. JUAN DAZA PAREIRA" este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente al ciudadano JUAN BAUTISTA LOPEZ CAMACARO, ya identificado, para gestionar ante el INSTITUTO DE LOS SEGUROS SOCIALES HOSPITAL "Dr. JUAN DAZA PAREIRA" los beneficios que le corresponden a sus hijos Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánic.....