Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 8, 27, 30, 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de régimen de convivencia familiar y obligación de manutención, efectuado en fecha 04 de diciembre de 2012, por los ciudadanos LUCIA DE LAS MERCEDES PIMENTEL OVIEDO y WLADMIR ANTONIO MENDOZA MANZANO, ya identificados, en beneficio de los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, logrado en audiencia especial, por estar conforme a la Ley y no vulnerar derechos de los beneficiarios.