DECISION
En consideración con lo expuesto anteriormente este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, tomando en cuenta la presunción referida y a las necesidades del niño, declara: Con lugar la solicitud presentada por el ciudadano Jonathan José Carrasco a favor de su hijo, específicamente de Ofrecimiento del monto de la Obligación de Manutención, por tanto, se fija el monto de la Obligación de Manutención en un mil ochocientos bolívares mensuales (Bs.1.800,oo), además de lo que necesite su hijo. Igualmente, la juez ordena al ciudadano Jonathan Carrasco que apertura una cuenta de ahorro cuyo beneficiario sea el niño para que deposite la cantidad ordenada por concepto de obligación de manutención.