DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio No 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: vista la admisión de los hechos y la aplicación de lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, realizada por el acusado: WILLIAM RAFAEL ESCALONA MENDOZA, titular de la Cedula de Identidad Nº 20.472.366, por la comisión del delito de: Robo Genérico en grado de frustración y Privación Ilegítima previstos y sancionados en los artículos 455 en concordancia con el art. 80 y el art. 174 del CPV respectivamente se le declara CULPABLE por la comisión de tales delitos y se le CONDENA a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS, NUEVE (9) MESES, DOCE (12) DÍAS y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley.. SEGUNDO: la presente decisión será fundamentara por auto separado; debiendo librarse Notificación a la víctima. TER.....