Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de amparo intentada por la parte querellante.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, conforme al Artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.