DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículos 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Yesenia Herrera, en su condición de Defensora Publica del ciudadano Marcos Alberto Rodríguez, contra la decisión dictada por el Tribunal de de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 08 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 11 de Agosto de 2013, mediante la cual Acordó la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad por la presunta comisión del delito de Trafico Ilícito de Droga en la Modalidad de Ocultación, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley de Droga. Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto a los.....