En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN a JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de hecho ejercido por el abogado JULIO RAMÍREZ ROJAS, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BOULEVARD CENTER C.A., contra el auto de fecha 11 de febrero del 2021, dictado por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS pues el procedimiento legal para sustanciar y decidir el recurso de hecho no lo establece.