DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Con lugar la aprehensión en flagrancia del ciudadano ROMAIN JOSE GIL ESCALONA, cédula de identidad Nº 16.090.404, natural de la ciudad Barquisimeto estado Lara, fecha de nacimiento 07-03-1981, de 28 años de edad, venezolano, de estado Civil Soltero, de Ocupación: Sargento Segundo del Ejercito Núcleo 3ERA División de Infantería Caracas residenciado en Calle 38 con Callejón 11 Sector San Juan Casa Nº 30-39 Teléfono 0251-446-8151 04245874873. Estado Lara, por el delito de AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Especial, y no por el de VIOLENCIA PSICOLOGICA, por encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 93 de la Ley Orgánica que rige la materia; SEGUNDA: Se Declara la.....