Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: Desistida la Acción por Cobro de Prestaciones Sociales intentada por el ciudadano YINMY RANGEL OCANTO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 6.689.821, representada por sus apoderada judicial MAURO ANTONIO ROJAS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 95.714, contra la sociedad mercantil ABREU CARS IMPORT C.A y ABREU IMPORT C.A. antes identificada y representada por su apoderado judicial abogado MIGUELANGEL VALERA Inpreabogado Nro. 108.782. Así se decide.-