E C I S I Ó N
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la apelación intentada por la representación de la parte demandada en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 23/01/2013. En consecuencia: Primero: se declara CON LUGAR la defensa de fondo de Falta de Cualidad Opuesta. Segundo: INADMISIBLE la pretensión de Mero de Declarativa de Unión Concubinaria intentada por la ciudadana Daza Milagro Coromoto en contra de los ciudadanos Sequera Medina Amílcar Otilio y Sequera de Vivas Dirma Rafaela, identificados en el encabezamiento de este fallo. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.
Queda así REVOCADA la sentencia apelada.
De confo.....