Por las razones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal Venezolano en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 44.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por el cumplimiento de la condena bajo el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a favor del penado: LUIS ENRIQUE ALVAREZ BRACHO, titular de la cedula de identidad N° (...), de 86 años de edad, natural de Acarigua Estado Portuguesa, grado de instrucción Analfabeta, Soltero, de oficio Sin oficio, hijo de Amada Bracho (+) y Julian Álvarez (+), nació en fecha 10-05-1929, de 86 años de edad, residenciad.....