Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaro SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto, en fecha 18 de abril de 2017, por abogada Rosa Elena Giménez, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria, de fecha 5 de abril de 2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. CONFIRMA la sentencia interlocutoria, de fecha 5 de abril de 2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con lo dispuesto en el artículos 281 del Código de Procedimiento Civil.