En mérito de los razonamientos de hecho y derecho explanados, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana FRANCYS ACUÑA, supra identificada, en contra de la entidad de trabajo 1A TALLER DE ARQUITECTURA E INGENIERIA C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada al pago de los conceptos condenados discriminados en la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se condena en costas a la demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Una vez se declare definitivamente firme la presente decisión, se ordena su remisión al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del .....