Se dicto Sentencia Interlocutoria, donde se declara DESISTIDO EL RECURSO DE HECHO, planteado en fecha 18 de octubre de 2016, por los abogados Yelitza Zenaida Soto Castellanos, y Corrado Salvatore Aulino Ariza, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Carlos Antonio Angulo y José Luis Angulo Guzman, parte actora en la demanda de tránsito, interpuesta contra el ciudadano Jimmy Gendry Pérez Peña, las empresas Frigorifico Industrial Los Andes, C.A., e Inversiones y Servicios Lara, C.A., y como garante Banesco Seguros, contra el auto dictado en fecha 11 de octubre de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual negó el recurso de apelación ejercido en fecha 10 de agosto de 2016, contra el auto dictado en fecha 3 de agosto de 2016.