DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano: MARINO VACCARI SAN MIGUEL, en representación de la sociedad de comercio NARDI EXPORT DE VENEZUELA, C.A., contra TALLER DOBLE SS, S.R.L., representada por los abogados Jesús Hernández y Santiago Ramón Loyo Álvarez, todos plenamente identificados en autos. En consecuencia, SE CONDENA AL DEMANDADO A : -----------------------------------
1) Desalojar y en efecto a entregar a la parte demandante el inmueble constituido por local comercial, ubicado en la Avenida Pedro León Torres con calle 59 de esta ciudad de Barquisimeto, específicamente en la Parroquia Catedral del hoy llamado Municipio Iribarren del Estado Lara y cuyos linderos son: NORTE: local propiedad de la demandante; SUR: Con Gran Hotel Barquisimeto; ESTE: Con calle 59; y Oeste: .....