DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al adolescente RESERVADO plenamente identificado, a cumplir las siguientes medidas:
Imposición de Reglas de Conductas, por el lapso de UN (01) AÑO, debe cumplir las siguientes obligaciones:
1- Residir en un lugar determinado, cualquier cambio de domicilio deberán participarlo al tribunal,
2- Mantenerse en una actividad laboral y presentar constancia de trabajo cada 3 meses o realizar estudios y presentar las debidas constancias ante este tribunal cada tres meses.
3- Prohibición de Portar armas de fuego, armas Blancas y Facsímiles
4- Prohibición de Consumir sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
5.- No reunirse con personas de dudosa reputación.
Libertad Asistida, por el lapso de UN (01) año la cual deberá cumplir bajo la supervisión y vigilancia del CENTRO FRAY LUIS AMIGO, ubicad.....