Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se DECLARÓ SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN formalizado en fecha 19 de enero de 2011, por la abogada Alejandra Rodríguez, apoderada judicial del ciudadano Andrés Pastor Amaya Sánchez, parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 19 de enero de 2011, por el Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia se DECLARÓ PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda por cobro de bolívares vía intimatoria, interpuesta por el ciudadano Andrés Pastor Amaya Sánchez, contra la ciudadana Eva Margarita Espinoza. QUEDÓ ASÍ CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 19 de enero de 2011, por el Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas.