Por las consideraciones anteriores, este Juzgado de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso de apelación incoado por los ciudadanos (Se omite)y (Se omite), en contra de la sentencia de fecha 18 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto. En consecuencia, se revoca la referida sentencia, y se orden la remitir las actuaciones a la Oficina de Adopciones del Estado Lara para los informes respectivos de idoneidad y adoptabilidad.