PRIMERO: se ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION fiscal en contra de JHON JAIRO ROSALES MORILLO, por el delito imputado y calificado por la fiscalía VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Wilmary Milagros Freitez Morillo,SEGUNDO: Se admiten por ser lícitas, necesarias y pertinentes y a los fines del juicio Oral y Público, las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público como único promovente; a tal efecto:
TESTIMONIALES,DOCUMENTALES.
TERCERO: Una vez escuchada la declaración del acusado, se acuerda el enjuiciamiento oral y público del ciudadano JHON JAIRO ROSALES MORILLO, Titular de la Cédula de Identidad N V.-25.137.207, en perjuicio de Wilmary Milagros Freitez Morillo.
CUARTO: Se mantienen las Medidas de Protección y Seguridad a favor de la víctima impuestas al acusado de autos, previstas en el artículo 87 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Viol.....