Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO fundamentada en lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, realizada por los ciudadanos ENDER RAMÓN BASTIDAS ROJAS y MARIELA JOSEFINA SERRANO RIERA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédula de identidad Nros. V-12.691.703 y V- 13.674.288, respectivamente. SEGUNDO: SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante la Prefectura del Municipio G/D "Pedro León Torres" del Estado Lara, en fecha en fecha 22 de octubre de 1998, acta Nº 195, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Despacho. Expídanse copias certificadas d.....