DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuesto éste Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Adriana Eugenia González Dávila, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, ciudadana Guadalupe del Pilar Dávila Barrios, contra el auto dictado en fecha 03 de febrero de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En consecuencia, se declara PROCEDENTE el auto dictado en fecha 03 de febrero de 2010 y continúese con el procedimiento establecido en el artículo 231 de la Ley de tierras y Desarrollo Agrario. Queda así CONFIRMADO EL AUTO objeto de apelación.
Expídase copia certificada de la presente decisión a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en l.....