DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 7º Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA del vehículo antes identificado EN CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, ala ciudadana: MIGUEL ANGEL BESILER RICHARDELA titular de la cedula de identidad Nº V- 7.906.000, Segundo: Oficiar al Estacionamiento judicial El Corralon , que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo MARCA: FABRICACION NACIONAL, MODELO: 1998, TIPO: REMOLQUE, PLACAS: 66Y-IAE, AÑO: 1998, COLOR: ROJO, SERIAL DE CARROCERIA: K4L004, SERIAL DE MOTOR: NO PORTA. A al ciudadano GUSTAVO COHEN ACOSTA titular de la cedula de identidad Nº V- 5.727.665, en calidad de depósito. Así mismo se acordó la devolución de los documentos originales consignados por el solicitante. Notifíquese a las