este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.-- Con lugar la oposición efectuada por la representación fiscal del Municipio Carirubana del Estado Falcón en contra del amparo cautelar acordado en sentencia interlocutoria No. 011/2021 de fecha 19 de julio de 2021.
2.- Se revoca el amparo cautelar concedido relativo a la suspensión de los efectos del acto recurrido, Resolución N°.DRJ-001-2021 de fecha 05 de marzo de 2021, notificada el 17 de marzo de 2021, emitida por el Alcalde del Municipio Carirubana del Estado Falcón.
No se condena en costas a la parte solicitante del amparo cautelar.