DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional contra sentencia, incoada por la ciudadana ANGIE ROSSMARY TORRES BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.061.678, debidamente asistida por el abogado WINDER FRANCISCO MONTES TORRES, inscrito en el I.P.S.A, bajo matrícula Nro. 158.771, contra la sentencia de fecha trece (13) de septiembre del 2021, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de no ser procedente el tipo de acción de autos.