Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 26 de octubre de 2003 por el demandante ciudadano RUBEN DARIO GARCIA GUTIERREZ asistido por el abogado JUAN RAMON CARDENAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 68.979, en contra de la sentencia de fecha 19 de octubre de 2004, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.