Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con base a las normativas de la ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: Parcialmente con lugar, la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana Zenaida Del Carmen Timaure, ya identificada, en representación de sus hijos, contra el ciudadano Claudio Rafael Oviedo, ya identificado. En consecuencia, se CONDENA al ciudadano antes mencionado, a cancelar la cantidad de tres mil ochocientos bolívares (3.800,oo Bs.) por el atraso injustificado y la cantidad de cuatrocientos cincuenta y seis bolívares (456,oo Bs.) por concepto de intereses por el atraso en el pago de esa cantidad, por consiguiente, el monto de la deuda total que debe cancelar el demandado es de cuatro mi.....