este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 248, 256 numerales 3 y 9, y 280 del Código Adjetivo Penal, dictó el siguiente pronunciamiento: Primero: Se declara con lugar la calificación de Flagrancia. Segundo: Se DECRETO LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, conforme al Articulo 256 numerales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal al imputado DARWIN RAFAEL SILVA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 21.451.688, quien deberá presentarse cada quince (15) días por ante la Taquilla de Presentación de Imputados de este Circuito Judicial Penal y tiene prohibición de portar Armas (fuego o arma blanca). Por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal. Tercero: Se acuerda la aplicaci.....