Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO a los acusados LANYER ALIRIO GUADARRAMA, titular de la Cédula de Identidad No. V-14.880.415. PEDRO JOSÉ VARGAS BRITO, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.464.063 por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el Artículo 277 y 415 del Código Penal, vigente para la fecha en que se cometieron los hechos. DIXON ALCIDES RAMÍREZ MATHEUS, titular de la Cédula de Identidad No. V-16.765.884. DAVID JOSÉ ROJAS LINARES, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.264.164, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el Articulo 415 ejusdem. Se emplaza a las parte.....