Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por falta de interés del actor en la consignación de la certificación de discapacidad emitida por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL) y el porcentaje de discapacidad, emitido por la junta evaluadora del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), necesario para determinar y cuantificar las posibles indemnizaciones pretendidas en el presente juicio, conforme a los artículos 80 y 130 de la Ley de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, transcurriendo más de sesenta (60) días continuos, conforme la jurisprudencia laboral citada, fuente de Derecho, conforme a lo previsto en.....