Este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESIGNA el cargo de CURADOR AD-HOC, de la Niña (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de LOPNNA), a ciudadano(a) ALICIA DEL CARMEN OVIEDO DE GRATERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.540.074, antes identificada