DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas, por lo que este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD, a los Ciudadanos : JHOSEL WLADIMIR JIMÉNEZ, ELVIL JOSE ORTIZ TOVAR, MAIKOL XAVIER LOPEZ MENDOZA Y ENDER GREGORIO MUJICA ,Identificados anteriormente, Medida esta de conformidad con lo previsto en el Artículo 256, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, como lo son: Presentación Periódica cada Quince(15) días ante la Comisaría 15 de Quibor, 4° prohibición de salida del Estado Lara, sin Autorización del Tribunal y 6° prohibición de acercarse al sitio donde ocurrió los hechos, se acuerda Notificar a las parte, de la presente fundamentación. Regístrese, Publíquese, Cúmplase.-