Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Efraín Caripa, apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 15 de mayo de 2007, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas dadas las resultas del fallo.
TERCERO: Se REVOCA en todas sus partes la Sentencia recurrida.
CUARTO: Se repone la causa al estado que el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente, proceda a fijar por auto separado nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar, sin necesidad de nueva notificación, pues las partes se encuentran a derecho.