En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la demanda por DESALOJO, intentada por INVERSIONES SEVERINO IPPOLITO C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 17.01.1990, bajo el N° 4, Tomo 2-A, CONTRA MIRIAN DEL CARMEN CONTRERAS SALAS, titular de la cédula de identidad N° 5.651.153, y de este domicilio.
2. SE CONDENA en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido totalmente vencida.