Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el literal "f" del parágrafo primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el literal "b" del artículo 39 ; artículos 63 y 393, ibidem Declara CON LUGAR la demanda de AUTORIZACIÓN DE VIAJE incoada por la ciudadano ELEAZAR LEONEL BRACAMONTE DELGADO, ya identificado, en beneficio de la niña (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), y en contra de la ciudadana HILDA JOSEFINA MORA NOGUERA, ya identificada. En consecuencia se le otorga la AUTORIZACION SUFICIENTE a la niña (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección.....