Se declara: Primero: Procedente la solicitud efectuada el 20 de enero de 2014, por el abogado Bruno Almudever, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 53.785, actuando en su condición de sustituto de la Procuraduría General de la República, adscrito al SENIAT, a través de la cual solicita que se declara la pérdida del interés procesal. Segundo: La EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso contencioso tributario interpuesto subsidiariamente al recurso jerárquico por el ciudadano Alcides Álvarez Carrasco, titular de la cédula de identidad Nº V-5.936.992, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil VARIEDADES ALL STAR, C.A. Tercero: Se tiene como válido el auto dictado el día 22 de enero de 2014.