PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el intimante Abogado Alexis Viera Brandt, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°2.296, contra la sentencia interlocutoria de fecha 17-02 del año en curso, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en la cual decidió "..."...UNICO: SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE DICTAR AUTO DE ADMISIÓN, y dictar nuevo auto de admisión, asimismo, se advierte que las actuaciones dictadas por este Juzgado quedan sin efecto...".
Ratificándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en el presente recurso por no ser procedente en este tipo de proceso.