PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la pretensión de nulidad de la Providencia Administrativa Número 646, de fecha 08 de septiembre de 2016, emanada de la Inspectoría del Trabajo sede "Pedro Pascual Abarca" del Estado Lara, en la que declaró sin lugar las excepciones opuestas por la representación de la entidad de trabajo REFRIGERACION DURAN W, C.A. Así se decide.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
TERCERO: Notifíquese a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto con rango valor y fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (Gaceta Oficial, Extraordinario, N° 6.220 del 15 de marzo de 2016). Se advierte a las partes que transcurrido el lapso de .....