Por las razones antes expresadas este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. PRESCRITA la demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentada por MANUEL SEGUNDO LOYO SEQUERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 13.197.254 CONTRA la firma mercantil INVERSIONES DEL VALLE C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 28 de septiembre de 2000 anotado bajo el N° 36, tomo 154-A, en la persona de JORGE DOMINGO DIEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 10.854.904, en su carácter de Presidente.
2. No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines l.....