DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de sustitución de medida cautelar de arresto domiciliario y ordena MANTENER LA MEDIDA CAUTELAR DE ARRESTO DOMICILIARIO al ciudadano YOBANNIS ANTONIO RAMOS CANELON, titular de la cédula de identidad Nº 18525440, como presunto autor del delito de de robo agravado de vehiculo automotor, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 ordinales 2 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos automotores, conforme a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a la defensa privada abogado Ali Sánchez.
Notifíquese a la fiscalia Primero del Ministerio Público.
Líbrese Oficio y boleta de traslado al Destacament.....