Por las razones expuestas, este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONFORME A ESA CONFESIÓN y a las pruebas que rielan en autos, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por YOHANDER SANCHEZ titular de la cedula de identidad Nº 14.981.148, contra la empresa PILOTES PERFORADOS C.A, (PILPERCA) representada por el ciudadano CLAUDIO RAMIREZ CORREDOR.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada al pago de los siguientes conceptos, calculados hasta el 17-07-06 fecha de la Providencia Administrativa de la Inspetoria del Trabajo del Estado Lara (folios 77-79), conforme al ultimo salario diario expresado por el actor en sus cuadros de calculo y en el libelo: Bs. 19,64 y Bs.24,55, a los cuales se les adiciono las alicuotas de utilidades (Bs.4,47/ y Bs.5,59 respectivamente) y bono vacacional ( Bs.3,16 / Bs.3,96 respectivamente ) para el calculo del salario.....