Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por los ciudadanos JAHXISMAR DE LOS ANGELES ZABARCE PEREZ y JOSÉ DANIEL VELIZ APONTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 25.940.978 y V-21.274.060, respectivamente, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 26 de Febrero del año 2016, quedando inserta el Acta bajo el Nº 32, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.