En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra el ciudadano Raúl Alberto Rodríguez García venezolano , mayor de edad, Cedula de Identidad 14.591.694, Soltero, de 24 años de edad, fecha de Nacimiento 19-08-1.980, de profesión u oficio mecánico, hijo de: Maria García y Raúl Rodríguez; residenciado en San Miguel de Quibor, Calle El cementerio , casa s/n a 5 casas de la farmacia Wilmar , Municipio Jiménez Estado Lara, por la presunta comisión del delito de Trafico en la modalidad de Ocultamiento de sustancias psicotropicas y estupefacientes agravado, previsto y sancionado en los artículos 34 en concordancia con el articulo 43 ordinal 1ero de la ley Orgánica sobre sustancias Psicotropicas y estupefacientes, Todo de conformidad con lo preceptuado en los artículos 250.....