Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: Se declara IMPROCEDENTE, la medida de amparo cautelar solicitada de suspensión de efectos al acto recurrido.