DECRETA:
Primero: El DECAIMIENTO de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, dictada a los ciudadanos MIGUEL MENDOZA, EDIVERS REYES, EDUARDO ROMERO, RAMON JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 10.186.595, 23.427.198, 18.832.778, 16.730.140, respectivamente, en fecha 20 de diciembre de 2016, de conformidad a lo establecido en el Parágrafo Primero del artículo 82 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Líbrese boleta de libertad, dirigida al Comando de Zona para el orden Interno N° 14 Destacamento 142, Segunda Compañía Tercer Pelotón Punto de Control Fijo Hato Viejo de la población de Nirgua jurisdicción del Estado Yaracuy. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.