DISPOSITIVA
Por las razones supra indicadas, el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control nº 11, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora; Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta:
PRIMERO: Sin lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, (causa fiscal nº 13-F08-0876-08) por el delito de PORTE ILICITO DE MUNICIONES previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos a favor de DEIVYS JOAQUIN GONZALEZ, de nacionalidad Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.770.7769.
SEGUNDO: Ofíciese a la Fiscalía Superior a los fines de cumplir con lo exigido en el primer aparte del artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.
La parte dispositiva del presente auto fue dictada en audiencia celebrada el día de hoy 10 de Abril de 2012, quedando todas debidamente notificadas. Es todo, regístrese, .....