DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA que el JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, es el COMPETENTE, para conocer del asunto signado con el Nº 904-2014 (nomenclatura de ese Tribunal), relativo a Juicio de DIVORCIO, intentado por los ciudadanos FRANKLIN JOSE MELENDEZ NIETO y MARIA AMPARO RODRIGUEZ VARGAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.114.902 y 73374.763, respectivamente.
Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal declarado competente, para que una vez recibido, éste continúe la tramitación del mismo.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento C.....