DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por DESALOJO, intentada por la ciudadana: CECILIA COLMENAREZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 90.288, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano: ALFONSO ALEJANDRO OJEDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad Nº 1.272.541, en contra de la ciudadana: AURORA DEL CARMEN COLMENAREZ GALLARDO, titular de la cédula de identidad Nº 12.026.053.- SEGUNDO: SIN LUGAR, las CUESTIONES PREVIAS opuestas por la parte demandada, de conformidad con el artículo 346 ordinales 6 y 11 del Código de Procedimiento Civil.- TERCERO: CON LUGAR, la Oposición opuesta por la parte demandada, en contra de la Estimación de.....