Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio Nº 4, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE, la sustitución o cambio de medida de los imputados CARLOS MANUEL MARQUEZ y JOSE ANTONIO COLMENAREZ TORRES, negando así lo solicitado por el defensor privado Abg. Pedro José Troconis Da Silva, por cuanto se estima que se encuentran llenos los extremos establecidos en los artículos 250, 251, 252 y 253 del Código Orgánico Procesal Penal, manteniéndose de esta manera la privación judicial privativa de libertad. Así se decide.- Publíquese, Notifíquese y Cúmplase.