Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Constitución, Ley y el Derecho, DECIDE Parcialmente con lugar las pretensiones del actor y se condena a la demandada a pagar las diferencias por los conceptos determinados en la parte motiva de ésta decisión, referentes a prestación de antigüedad, vacaciones, bono vacacional y utilidades; y lo que determine la experticia complementaria del fallo.