Se declara la NULIDAD de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 2 (Itinerante) de este Circuito Judicial Penal, en fecha 16-11-2006 y publicada en fecha 19 de Enero de 2007, mediante la cual condenó al ciudadanos JOSÉ FÉLIX BANFI RAMOS, por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado por haber sido cometido en la ejecución del delito de Robo Agravado, en grado de complicidad correspectiva y Ocultamiento de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1º del Código Penal vigente, en relación con los artículos 458 y 424 ejusdem y Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 de Código Penal, y al ciudadano GUSTAVO DE JESÚS DEL VALLE VAAMONDE, por la comisión del delito de Homicidio Calificado por haber sido cometido en la ejecución del delito de Robo Agravado, en grado de complicidad correspectiva. Se ORDENA LA REALIZACIÓN DE UN NUEVO JUICIO ORAL Y PÚBLICO.